El pasado Sábado fue aprobado el Real Decreto 56/2016 que establece la obligación de realizar auditorías energéticas* en grandes empresas, es decir, que aquellas que tengan más de 250 trabajadores o un volumen de negocio mayor de 50 millones de euros. También será de aplicación a grupos de sociedades que cumplan los requisitos de gran empresa. Se estima que en España se aplicará a más de 3800 empresas.
Las empresas que cumplan los requisitos citados deberán someterse a una auditoria energética cada cuatro años a partir de la fecha máxima del periodo de adaptación, noviembre de 2016.
Hay que señalar, que para aquellas empresas que cumplan los requisitos en la entrada en vigor, deberán someterse a la primera auditoría en el plazo máximo de nueve meses, siempre que no hayan realizado una en un plazo inferior a cuatro años anteriores.
Las auditorías energéticas deberán cubrir al menos el 85% del consumo total de las empresas. Estas auditorías deberán ser realizadas por auditores energéticos independientes.
*Consiste en un informe de diagnóstico del consumo energético junto a un plan de mejoras de la eficiencia energética de la empresa. Las medidas se escogen por su rentabilidad y eficacia; siendo de 3 tipos: mejorar los procesos, realizar instalaciones eficientes, e implementar el uso de energías renovables. Es la herramienta para reducir consumo, coste, impacto ambiental y generar un beneficio económico y ecológico a la empresa y su entorno.
